La madrugada de este 25 de octubre el Pleno de la Cámara de Senadores aprobó el dictamen de la iniciativa de reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución Política que establece que son improcedentes las controversias constitucionales o las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución.
Durante las primeras horas de este viernes, los 126 senadores que estuvieron presentes en el Pleno del Senado emitieron su voto sobre esta reforma, lo que dejó 85 votos a favor y 41 en contra, por lo que el proyecto de dictamen alcanzó la mayoría calificada que se requiere para su aprobación.
Tras la aprobación en lo general, las y los senadores: Laura Esquivel Torres, Mayuli Latifa Martínez Simón, Miguel Márquez Márquez e Ivideliza Reyes Hernández, del PAN: y Néstor Camarillo Medina, del PRI, presentaron reservas para modificar los artículos del dictamen, sin embargo, sus reservas no fueron aceptadas por la mayoría de la asamblea.
El dictamen que aprobó el Senado buscan dejar en claro que, en el actual sistema constitucional mexicano, no se contempla la posibilidad de que una reforma constitucional pueda ser impugnable a través de amparos o suspensiones judiciales.
En el caso del Artículo segundo transitorio del proyecto, se establece que los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto.
Durante la discusión de esta iniciativa de reforma, el senador Gerardo Fernández Noroña dijo que “esta reforma no quita ningún control constitucional” y que “no hay ningún artículo de la Carta Magna que establezca que la Suprema Corte de Justicia de la Nación puede modificar una reforma constitucional”.
Noroña enfatizó que la fracción I del artículo 61 de la Ley de Amparo ya señala “claramente” que no procede el juicio de amparo contra una reforma constitucional, y mencionó que, lo que en realidad estuvo a discusión fue “la posición clasista y racista de la derecha que se niega a que se elija, por voto universal, secreto y directo a las personas juzgadoras”.
Por su parte, el presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara, Adán Augusto López, reiteró que “no hay ni una sola” sentencia de amparo que haya procedido en contra de una reforma constitucional, por lo cual expuso que “es lamentable” que la oposición “intente engañar al pueblo de México”.
Cabe señalar que el pasado 18 de octubre, la jueza del Décimo Noveno Juzgado de Distrito en el estado de Veracruz, Nancy Juárez, otorgó un amparo para que se eliminara del Diario Oficial de la Federación la reforma al Poder Judicial.
Sim embargo, el Gobierno de México encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum, señaló que dicho procedimiento judicial era “inválido o inviable” al tratarse de una suspensión en contra de una reforma constitucional, la cual ya había sido debidamente discutida y aprobada en el Congreso de la Unión. Incluso se argumentó que el Artículo 61 de la Ley de Amparo establece que esta medida jurídica no es aplicable en modificaciones a la Constitución Política.
Luego de su aprobación en lo general y en lo particular, el dictamen fue remitido a la Cámara de Diputados para su trámite legislativo correspondiente.
Con información de SPR Informa https://tinyurl.com/v3dxkyd5
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