Luisa María Alcalde, titular de la Secretaría de Gobernación, segob, presentó los detalles y objetivos de iniciativa de reforma al Poder Judicial, que el presidente Andrés Manuel López Obrador envió en su paquete de iniciativas constitucionales a la Cámara de Diputados el pasado 5 de febrero.
La titular de Gobernación declaró que los objetivos de la reforma al Poder Judicial busca que exista una nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde prevalezca la eficiencia, austeridad y transparencia en el Máximo Tribunal; que los ministros, magistrados y jueces sean electos por votación popular, lo que brindará legitimidad democrática a las y los impartidores de justicia; la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) con órganos administrativos y disciplinarios independientes, y nuevas reglas procesales que permitan una justicia expedita y con equilibrios entre los poderes.
Respecto al primer punto, referente a una nueva integración de la SCJN, la reforma plantea reducir el número de ministras y ministros, de 11 a 9 integrantes, reducir su periodo de encargo de 15 a 12 años, eliminar dos salas para que la Corte sólo sesione en el Pleno; eliminar la pensión vitalicia para actuales y futuros ministras y ministros, y que las remuneraciones deben ajustarse al tope máximo establecido para el Presidente de la República.
En cuanto a la propuesta de elegir por voto popular a los ministros, magistrados y jueces, Luisa María Alcalde expuso que se plantea que en 2025 se lleve a cabo una elección extraordinaria para renovar a todos los ministros, jueces y magistrados del Poder Judicial. Quienes ocupen actualmente el cargo podrán participar en esta elección en igualdad de condiciones.
En dicha elección, las y los ministros de la SCJN, magistrados del Tribunal Electoral y Magistrados del Tribunal de Disciplina se elegirán a nivel nacional en las elecciones ordinarias a partir de 30 candidaturas paritarias propuestas por los tres Poderes de la Unión. El Poder Ejecutivo propondrá hasta 10 candidaturas, el Poder Legislativo propondrá hasta 5 candidaturas por cada Cámara (Diputados y Senadores), por mayoría calificada, y el Poder Judicial propondrá hasta 10 candidaturas a través del Pleno de la SCJN, por mayoría de 6 votos.
En el caso de los mil 633 Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, se elegirán en cada uno de los 32 circuitos judiciales en las elecciones ordinarias, a partir de seis candidaturas paritarias por cargo (2 por cada Poder de la Unión).
El Senado verificará que las candidaturas cumplan con los requisitos de ley y el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) organizará la elección. Las campañas durarán 60 días, no se permitirá el financiamiento público o privado. Las personas candidatas tendrán acceso a tiempos de radio y televisión para difundir sus propuestas y podrán participar en foros de debate. Los partidos políticos no podrán realizar proselitismo a favor o en contra de las candidaturas.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolverá las impugnaciones y declarará los resultados, salvo cuando se trate de sus propios integrantes, cuya resolución corresponderá a la SCJN.
Para el caso de la elección de los ministros de la SCJN y del Tribunal de Disciplina, el Ejecutivo Federal propondrá la terna; para Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, el Órgano de administración judicial propondrá la terna; mientras que para magistrados electorales, la SCJN propondrá la terna.
En cuanto a la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal por el Tribunal de Disciplina Judicial, el nuevo órgano estará integrado por cinco magistrados electos a nivel nacional, por un periodo de 6 años, propuestos por los Poderes de la Unión. Tendrá facultad de recibir denuncias de cualquier persona u autoridad, e investigar a ministros, magistrados, jueces y personal judicial por actos contrarios a la ley.
Además, se creará el Órgano de Administración Judicial, integrado por 5 personas designadas por un periodo de 6 años por los Poderes de la Unión; el Poder Ejecutivo nombrará uno; el Senado nombrará uno y la SCJN nombrará a tres. Este Tribunal será el responsable de las funciones administrativas de carrera judicial y de control interno, así como de elaborar el presupuesto del Poder Judicial
Finalmente, respecto a las nuevas reglas procesales. Se propone impulsar la Justicia Expedita, en la que los jueces tendrán un plazo máximo de 6 meses para la resolución de asuntos fiscales, y de 1 año para asuntos penales. En caso de rebasar estos plazos, la autoridad judicial debe informarlo al Tribunal de Disciplina Judicial, que podrá investigar y sancionar la demora.
También se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad. En cuanto a Justicia Local, los Poderes Judiciales de las entidades federativas deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.
Con información de SPR Informa http://tinyurl.com/4m6nuyxf
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