La Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) avaló por unanimidad la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) de multar al Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) con casi 62 millones de pesos, al asegurar que se detectaron omisiones en los recursos utilizados para las giras de la y los Aspirantes a la Coordinación de la Defensa de la Transformación, su proceso interno para definir a su aspirante presidencial.
“(…) Las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los actos, actividades y propaganda realizados en los procesos partidistas regulados en el acuerdo INE/CG448/2023, que sancionó a Morena por la omisión de reportar y comprobar diversos gastos de eventos, propaganda y transporte”, se puede leer en la resolución.
LA SANCIÓN NO FUE ARBITRARIA: MAGISTRADO
En la sesión llevada a cabo este 31 de enero, el magistrado ponente, Felipe de la Mata, aseguró que “la sanción del INE no fue arbitraria ni fortuita, es una consecuencia directa de las acciones y omisiones del partido recurrente y de las personas aspirantes en una campaña nacional enorme, que generó beneficios a Morena, ya que el INE demostró a través de un trabajo exhaustivo y profesional que se vulneraron las reglas de fiscalización”, pues según el magistrado, durante el proceso interno de Morena para elegir a su candidata a la Presidencia, no se reportó los gastos de los eventos, propaganda ni transporte.
Previo a esta resolución, Morena había impugnado la decisión del INE al considerar que se vulneró el principio de legalidad, dado que usó la elaborada para la campaña de los procesos electoral federal y concurrentes 2020-2021. El partido guinda también aseguró que el INE violó el principio de irretroactividad al aplicar reglas de fiscalización que no existían cuando inició el proceso interno.
AGRAVIOS INOPERANTES
Aún así, la Sala Superior del TEPJF determinó que los agravios fueron inoperantes o infundados.
“El pleno consideró que en el SUP-JDC-255/2023 y acumulado se estableció que:
1) se trató de una fiscalización ad hoc o especializada de procesos partidistas extraordinarios, cuya finalidad era su realización expedita, lo que justifica que la autoridad fiscalizadora partiera de una matriz de precios anteriores;
y 2) el periodo por fiscalizar sería por la temporalidad del proceso interno según cada convocatoria, desde el inicio hasta su conclusión, sin que tal actividad pueda considerarse de aplicación retroactiva”.
De acuerdo con la autoridad electoral, la multa se constituyó de la siguiente manera;
- 20 millones de pesos, fue porque Morena omitió reportar gastos realizados por concepto de eventos y propaganda localizada en las visitas de verificación
- 37 millones 409 mil 282 pesos por propaganda en vía pública
- 3.4 millones de pesos por no reportar gastos menores
- 1 millón de pesos en sanciones por no notificar los gastos de transporte.
Al respecto, el presidente nacional de Morena, Mario Delgado, calificó la decisión como “ilegal”, “ridícula” y “lejana” a los propios criterios que el Tribunal ha establecido con anterioridad. También aseguró que tanto el TEPJF como el INE siguen siendo rehenes y títeres de su expresidente Lorenzo Córdova.
Con información de SPR Informa http://tinyurl.com/4h9d7exd
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