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viernes, noviembre 22, 2024
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DETERMINA TRIBUNAL INTERNACIONAL QUE TREN MAYA ES ECOCIDIO Y ETNOCIDIO

por Daniel Pacheco

El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza consideró al Tren Maya, proyecto emblemático del gobierno de Andrés Manuel López Obrador, como un crimen de ecocidio y etnocidio, responsabilizando al Estado Mexicano por la violación de los derechos de la naturaleza y los derechos bioculturales del pueblo maya, quienes asegura dicho organismo han sido y continúan siendo guardianes de su territorio, cenotes, cuevas, selvas, biodiversidad y cultivos tradicionales. 

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Esto se dio a conocer de manera pública e internacional al mediodía del pasado miércoles 26 de julio 2023, mediante las redes sociales del Tribunal y la plataforma Zoom, en donde se pronunció el veredicto entregado de forma física ante el Jefe del Ejecutivo del Estado Mexicano, siendo firmado por una lista de jueces de Tribunales previos y jueces honorarios destacados, como el actor y activista mexicano Gael García Bernal, el economista mexicano Enrique Leff, el autor y activista ambiental nigeriano Nnimmo Bassey, el jurista mexicano José Ramon Cossio, el economista ecuatoriano Alberto Acosta, la abogada y profesora mexicana Ana Laura Magaloni, entre otros.

El Tribunal Internacional por los Derechos de la Naturaleza determina que la realización del proyecto denominado “Tren Maya” atenta contra los Derechos de la Madre Tierra, establecidos en la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra, en especial el derecho a la vida y a existir; a ser respetada; a la regeneración de su biocapacidad y continuación de sus ciclos y procesos vitales libres de alteraciones humanas; al agua como fuente de vida; derecho a la salud integral; derecho a estar libre de contaminación, polución y desechos tóxicos o radioactivos, reconocidos en el artículo 2.1 literales a) b) c) e) g) y h). 

Lo anterior en relación con los derechos a la tierra, al territorio, los recursos naturales, la integridad cultural y libre determinación, reconocidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Este tribunal asumió las informaciones recaudadas en el curso de la visita de campo y de las reuniones con las organizaciones y comunidades locales, así como en el curso de la audiencia, y los materiales y documentos recopilados y analizados en preparación de la audiencia a fin de fundamentar su resolución. DESCARGA VEREDICTO

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