México, 26 de abril de 2024.- Aprueban en el Senado prohibición de terapias de conversión. El Pleno del Senado aprobó en la madrugada del 26 de abril, con 77 votos a favor, 4 en contra y 15 abstenciones, el dictamen que prohíbe los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (Ecosig), conocidos como “terapias de conversión”, y establece de dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien incurra en estas prácticas.
La reforma aprobada establece que se aplicarán estas sanciones a quien realice, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Las reformas que adicionan un artículo al Código Penal Federal y un artículo a la Ley General de Salud establecen que la sanción aumentará al doble cuando la víctima de terapias de conversión sean menores de edad, o adultos mayores con alguna discapacidad. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima quien incurra en Ecosig, se aplicarán sanciones de amonestación o un apercibimiento a consideración de un juez.
Con la aprobación del Senado, la minuta se turnó al Ejecutivo para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación, con lo que se concluyó un proceso legislativo que empezó en 2018.
Con información de SPR Informa https://acortar.link/t5aX4x
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