México, 09 de abril de 2024.- Reafirma SC creación de un sistema de etiquetado frontal en alimentos y bebidas. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió este día los amparos contra el Etiquetado Claro que la empresa Santa Clara, propiedad de FEMSA, interpuso para evitar ponerlos en las envolturas de alimentos y bebidas.
Tras a aproximadamente dos horas de discusión y argumentación, los ministros de la SCJN votaron en contra de los amparos y reafirmaron la constitucionalidad de las reformas a la Ley General de Salud, que obligaron a la creación de un sistema de etiquetado frontal de advertencia para los consumidores.
Con esta resolución, también se valida la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, para el nuevo etiquetado frontal que entró en vigor en 2020, con la intención de que la población pueda tener información más clara sobre los alimentos y bebidas que compra y consume.
“El Etiquetado Claro sí permite comparar y está justificado el uso de los mensajes categóricos. Se debe privilegiar el derecho de las personas consumidoras a recibir la información más clara sobre productos cuyo abuso tiene efectos negativos en la salud”, explicó el ministro Luis María Aguilar.
Una medida que permite proteger a las personas consumidoras, quienes tienen el derecho de tomar decisiones informadas sobre su alimentación y salud, así lo consideró el máximo tribunal.
Mañana la Suprema Corte de Justicia de la Nación, continuará con el estudio de dos amparos más presentados por las empresas Herdez y por Desde el Corazón del Fruto, asuntos que están en manos de la ministra Yasmín Esquivel Mossa y quien propone también negar el amparo.
Con información de Once Noticias Digital https://acortar.link/Ny51HZ
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