La iniciativa propuesta por el diputado morenista Juan Ramiro Robledo, que busca que con solo cuatro votos de los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pueda declarar la constitucionalidad de una reforma impugnada y sea incontrovertible, será aplazada con el objetivo de realizar foros para ampliar su análisis.
Dicha iniciativa se dictaminaría el jueves 15 de febrero en la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados; sin embargo, los coordinadores de los grupos parlamentarios acordaron posponer la discusión de esta reforma, para enriquecerla con las aportaciones de los legisladores, quienes podrán realizar las propias para “que no quede limitado a las presentadas por el titular del Ejecutivo”.
En conferencia de prensa, el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, Ignacio Mier, presentó a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) los calendarios para la realización de diálogos a nivel nacional y regional para el análisis y debate de las 20 iniciativas presentadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Mier Velazco dio a conocer el calendario para la realización de los Diálogos:
Presentación: 19 de febrero; apartado de reformas constitucionales para libertad, en la Cámara de Senadores el 27 de febrero; reformas constitucionales para el bienestar, en la Cámara de Diputados el 12 de marzo; reforma constitucional para la justicia, en la Cámara de Senadores el 19 de marzo; y reforma constitucional para la democracia, en la Cámara de Diputados el 19 de abril.
Se prevé la realización de los diálogos regionales en cinco entidades de la República Mexicana: Durango, Diálogo por la Libertad y el Bienestar, el 29 de febrero; San Luis Potosí, Diálogo por la Justicia y la Democracia, el 7 de marzo; Puebla, Diálogo por la Justicia y la Democracia, el 14 de marzo; Mérida, Diálogo por la Libertad Comunidades Indígenas, el 4 de abril; y Toluca, Diálogo por el Bienestar y Justicia, el 11 de abril.
¿DE QUÉ SE TRATA LA INICIATIVA A LA REFORMA SOBRE LA SCJN?
El legislador promovente y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, Juan Ramiro Robledo, señaló que es una reforma a los artículos 42, 43 y 72 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución.
La iniciativa también plantea que el pleno de la SCJN no puede declarar inconstitucional una reforma, por no alcanzar los ocho votos que la Constitución mandata para ello, por lo que se declarará la validez de la norma, y que además ya no proceda juicio o recurso alguno.
“Las autoridades jurisdiccionales no podrán invocar las razones justificativas de sentencias no aprobadas para invalidar, anular o desaplicar actos o normas generales, ni para admitir demandas de amparo, juicio o recurso alguno”.
La SCJN puede declarar inconstitucional una reforma legal en el pleno, pero debe tener el aval de ocho de los 11 ministros. Si siete votan a favor, la reforma se seguirá aplicando, y quienes estén inconformes pueden interponer un amparo, en el que un juez puede declarar que dicha reforma sí es inconstitucional, lo que genera un retroceso con lo aprobado por el Poder Legislativo.
El diputado Juan Ramiro Robledo expuso en el predictamen de su iniciativa que es “un problema” que sea posible interponer una acción de inconstitucionalidad e impugnar la misma norma en un juicio de amparo y aseguró que “representa una vulneración a la defensa de la Constitución”.
La reforma propone que en aquellas controversias que no se alcance la votación necesaria para declarar inconstitucional una norma, “se declarará consecuentemente la validez, contra las que no procederá juicio o recurso alguno”, es decir, que si cuatro ministros se niegan a declarar inconstitucional una reforma, en automático la reforma será constitucional.
Con información de SPR Informa http://tinyurl.com/ywn5u672
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