El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es infundado el recurso de revisión en materia de seguridad nacional promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal contra un acuerdo que le niega la entrega de documentación a Calica.
El pleno resolvió así declarar infunda una resolución del 10 de noviembre de 2022, emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Es así como se ordena a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) proporcionar copia simple del escrito y sus anexos presentados el 27 de julio de 2022, ante la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en contra de la empresa Calica, subsidiaria de la minera estadounidense Vulcan Materials Company.
En la sesión celebrada este martes, la Corte determinó que no puede sostenerse lo argumentado por la Consejería Jurídica, en el sentido de que el INAI debió haber analizado la causal de excepción de seguridad nacional, aun cuando ésta no fue argumentada en su momento por la Semarnat.
Lo anterior, al concluir la Corte que correspondía a la Semarnat probar y argumentar la actualización de dicha causal, lo que en ningún momento llevó a cabo.
El ponente de este proyecto fue el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Con esto, Calica logra una victoria en el ámbito jurisdiccional contra un asunto que le permitirá ver documentos que han sido presentados en su contra.