La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó cinco artículos de la Ley de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Estado de Quintana Roo, la cual fue aprobada por la antepasada legislatura.
El tribunal constitucional determinó que estos proceptos violaban los derechos de este segmento de la población. El pleno resolvió la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovida desde agosto de 2022.
Tras el análisis que comenzó el martes 16 de enero, los 11 ministros no encontraron consenso en cuanto a la propuesta de la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández, que buscaba no sólo declarar inconstitucional nueve artículos impugnados, sino toda la ley, porque ´únicamente se consultó para su elaboración a alrededor de 70 personas.
La sesión continuó este lunes. El pleno desechó la propuesta de Piña Hernández y se adhirió al proyecto original elaborado por el ministro Javier Laynez Potizek.
En la sesión celebrada en la Ciudad de México, fue el principal asunto del orden del día de la Corte.
Se declararon inconstitucionales cinco artículos, de los nueve impugnados. Algunos total, otros parcialmente. Sobresalió la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 13 de la citada norma.
Establecía que no pueden ser objeto de consulta las acciones contra epidemias, atención a desastres naturales, acciones del gobernador del estado y aprobación de medidas en cuanto a la seguridad pública.
La Corte lo invalidó porque violaba los derechos de consulta libre e informada contenidas en la Constitución y tratados internacionales.
Esta acción de inconstitucionalidad entrará en vigor, una vez se notifique al Congreso de Quintana Roo, algo que podría ocurrir en las siguientes semanas.