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jueves, noviembre 21, 2024
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HOY DEFINE TEPJF FECHA DE INICIO DE PRECAMPAÑA

Hoy define TEPJF fecha de inicio de precampaña.

Ciudad de México. En la sesión en curso de esta tarde, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dirá si la precampaña inicia el 5 de noviembre, como lo aprobó el Instituto Nacional Electoral (INE) o pospone la fecha para la tercera semana de ese mes.

El magistrado José Luis Vargas propuso sacar el tema de la sesión de hoy, debido a que en la audiencia solicitada por los consejeros del INE solo estuvieron tres magistrados, no incluida la ponente del caso Janine Otálora, quien hoy no está por “ausencia justificada”.

Otálora está a favor de la petición de Movimiento Ciudadano de aplazar el inicio de precampaña; la juzgadora fue la única que votó en contra de avalar los procesos internos de los partidos políticos (Morena y aliados, y frente opositor) al considerar que son “fraudes a la ley”.

HOY DEFINE TEPJF FECHA DE INICIO DE PRECAMPAÑA

Vargas reprochó a sus compañeros no solo que estuvieran “platicando” mientras el exponía, sino que haya urgencia en resolver un tema tan importante que impactará todo el calendario del proceso electoral en curso 2023-2024.

Molesto, también les dijo que para qué aceptan audiencias de alegatos si estas no cuentan.

Ello, porque los consejeros solicitaron el sábado la audiencia y esta se realizó, con ocho de ellos, la tarde del lunes. Por la contraparte, el TEPJF, estuvieron en una primera reunión tres magistrados, entre ellos Vargas, y luego hubo otro encuentro, esta vez de los consejeros con los secretarios instructores de seis de las siete magistraturas.

Al final, de los seis magistrados presentes en la sesión de este martes, se aprobó resolver hoy el tema. En favor de posponer se pronunciaron Vargas y Mónica Soto.

Todas las resoluciones de la Sala Superior del TEPJF son definitivas e inatacables.

Contexto

Movimiento Ciudadano exigió que el inicio de las precampañas sea hasta la tercera semana de noviembre y no el 5 de ese mes, fecha fijada por el INE. Ante ello, apeló ante el TEPJF.

El proyecto de Otálora da la razón a MC bajo el argumento de que el INE “afectó los principios de autonomía y autodeterminación de los partidos políticos, su militancia y simpatizantes”.

MC asegura que el INE incurrió en una “indebida fundamentación” y por ello viola los principios electorales y la veda legislativa.

La magistrada concluye que los argumentos del partido “son fundados y suficientes”, de ahí que debe moverse la fecha de inicio a un día de la tercera semana de noviembre, acorde a los procesos internos de los partidos y porque así lo marca el artículo 226 de la ley electoral.

“El acuerdo ahora controvertido afectó los principios de autonomía y autodeterminación de los partidos políticos, así como de la militancia y de sus simpatizantes, ya que vulneró la previsibilidad de tales actores políticos y los vinculó a anticipar diversos procesos internos, sin que la autoridad responsable hubiere evaluado dicha circunstancia al momento de emitir su acuerdo”, se indica en el proyecto.

Añade que es obligación de las autoridades electorales respetar la vida interna de los partidos.

Y, además, el INE informó a los partidos “hasta el 8 de septiembre que apenas contarían con 27 días naturales para determinar sus procesos de selección interna de candidaturas, cuando ordinariamente hubieran contado con más de 40 días” para ello.

La apelación de MC tocó, por turno aleatorio, precisamente a la única que alertó sobre los efectos de los “actos anticipados” y no estuvo de acuerdo en que el Tribunal fuera detrás de las acciones de los partidos, a través de procesos que en la realidad tuvieron como fin elegir, varios meses antes de los periodos que marca la ley, a la persona que será su candidata a la Presidencia de la República, lamentó la magistrada.

El antecedente del caso tiene origen en julio, cuando el INE ejerció la facultad de atracción para determinar una fecha homologada para la conclusión del periodo de precampañas: inicio 5 de noviembre de 2023 y conclusión 3 de enero de 2024. Por tanto, los partidos deberán determinar su procedimiento de selección de candidaturas a más tardar el 5 de octubre y la elección en sí, de sus abanderados, a más tardar el 24 de enero próximo.

El 12 de septiembre, MC presentó su recurso de apelación (solo en lo referente a las elecciones federales: Presidencia de la República, senadores y diputados), y alegó que los plazos del INE afectan la certeza y equidad para los contendientes.

Con información de La Jornada https://tinyurl.com/4cvp2s7j

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